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Entendemos que enfrentar problemas laborales puede generar incertidumbre y preocupación. Por eso, te ofrecemos una primera consulta gratuita de 30 minutos para que puedas exponer tu caso, aclarar tus dudas y recibir una orientación legal inicial por un abogado experto en Derecho Laboral en Quito.
En Ecuador existen varios tipos de contratos, entre ellos el contrato a plazo indefinido, el contrato a plazo fijo, el contrato por obra o servicio determinado, el contrato eventual y el contrato de aprendizaje. Cada uno tiene sus propias características y regulaciones.
La jornada ordinaria de trabajo no puede exceder de ocho horas diarias ni de cuarenta horas semanales, salvo las excepciones legales. También existen jornadas especiales.
En caso de despido intempestivo, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por despido, una bonificación por desahucio (si aplica), la liquidación de sus haberes pendientes (salario, vacaciones no gozadas, décimos proporcionales, etc.) y, en ciertos casos, otras indemnizaciones adicionales.
El periodo de prueba es un tiempo inicial del contrato en el que tanto el empleador como el trabajador pueden dar por terminada la relación laboral sin necesidad de indemnización, cumpliendo ciertos plazos y condiciones.
La falta de afiliación al IESS es una infracción por parte del empleador. El trabajador puede exigir su afiliación y el pago de las aportaciones correspondientes, además de poder reclamar por cualquier contingencia de salud o riesgo laboral.
El Salario Básico Unificado para el año 2025 es de $460.
El décimo tercer sueldo (bono navideño) equivale a la doceava parte de las remuneraciones percibidas entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, y debe pagarse hasta el 24 de diciembre. El décimo cuarto sueldo (bono escolar) equivale a un SBU vigente y debe pagarse hasta el 15 de marzo en la región Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto en la región Sierra y Amazonía.
Todo trabajador tiene derecho a quince días de vacaciones anuales pagadas después de haber cumplido un año de trabajo. Este periodo se incrementa en un día adicional por cada año de servicio, a partir del sexto año.
El contrato de trabajo puede terminar por acuerdo de las partes, por despido intempestivo, por desahucio, por causas legales previstas en el Código del Trabajo (como fuerza mayor o caso fortuito), entre otras.
El despido intempestivo es la terminación unilateral del contrato por parte del empleador sin justa causa, generando el derecho a indemnización para el trabajador. El desahucio es la terminación unilateral del contrato por cualquiera de las partes, con un preaviso y sin alegar una causa específica, generando una bonificación para el trabajador si el desahucio lo realiza el empleador.
Entre tus derechos se encuentran recibir un salario justo, trabajar en condiciones seguras y saludables, afiliarte al IESS, gozar de vacaciones, recibir los décimos sueldos y la participación de utilidades, entre otros establecidos en la ley.
Entre tus obligaciones se encuentran cumplir con el contrato de trabajo, realizar el trabajo con diligencia, observar las normas de seguridad e higiene, acatar las órdenes e instrucciones del empleador, entre otras establecidas en la ley.
Puedo asesorarte y representarte en casos de despidos injustificados, reclamos de salarios y beneficios, acoso laboral, accidentes de trabajo, elaboración y revisión de contratos, trámites ante el Ministerio del Trabajo y el IESS, y en general, en cualquier conflicto o consulta relacionada con el Derecho Laboral.